Exclusiones en la Obligación de Uso de VERI*FACTU

La implementación de VERI*FACTU trae consigo una serie de requisitos para la facturación electrónica en España. Sin embargo, no todas las empresas y profesionales están obligados a adoptar este sistema. En este artículo, analizamos en detalle las exclusiones previstas en la normativa, aclarando quiénes pueden continuar utilizando sus sistemas tradicionales sin necesidad de cumplir con VERI*FACTU.

Introducción a VERI*FACTU y sus Obligaciones

El sistema VERI*FACTU ha sido diseñado para garantizar la autenticidad e inalterabilidad de las facturas emitidas, promoviendo la transparencia fiscal y reduciendo el fraude. Sin embargo, la normativa contempla diversas excepciones para ciertos contribuyentes y situaciones específicas, permitiendo que algunos puedan mantener sus prácticas de facturación tradicionales.

Objetivos de las Exclusiones

Las exclusiones en la obligatoriedad de VERI*FACTU tienen como propósito:

  • Facilitar la adaptación gradual de sectores que ya cuentan con sistemas de fiscalización avanzados.
  • Evitar cargas administrativas innecesarias para ciertos contribuyentes.
  • Respetar la autonomía fiscal de territorios con regímenes específicos.

Principales Exclusiones en el Uso de VERI*FACTU

1. Facturación Manual

Una de las principales exclusiones de la normativa se refiere a los empresarios y profesionales que emiten sus facturas de forma manual. Aquellos que no utilizan sistemas informáticos de facturación no están obligados a adoptar VERI*FACTU.

Condiciones para la Exclusión:

  • La emisión de facturas debe realizarse en soporte físico (papel) o de forma manuscrita.
  • No se permite la digitalización posterior de las facturas para su gestión electrónica sin cumplir con los requisitos de VERI*FACTU.

Ventajas:

  • Se evitan costes de implementación de nuevos sistemas.
  • Permite a pequeños negocios y profesionales independientes continuar con sus prácticas actuales sin cambios significativos.

2. Empresas Acogidas al SII (Suministro Inmediato de Información)

Las empresas que ya están obligadas a utilizar el Suministro Inmediato de Información (SII) se encuentran exentas de la implementación de VERI*FACTU.

Motivo de la Exclusión:

  • El SII ya proporciona información en tiempo real a la Agencia Tributaria, cumpliendo con los objetivos de control fiscal de VERI*FACTU.
  • Las empresas que facturan más de 6 millones de euros anuales y que deben utilizar el SII ya siguen un proceso de fiscalización riguroso.

Ventajas:

  • Evita la duplicación de procedimientos.
  • Mantiene la eficiencia de grandes empresas en su gestión tributaria sin afectar su operativa.

3. Empresas en Territorios Forales

Los contribuyentes cuya actividad se desarrolla exclusivamente en los Territorios Históricos del País Vasco y Navarrano están obligados a adoptar VERI*FACTU si su facturación está regulada por la normativa fiscal de dichas comunidades autónomas.

Condiciones para la Exclusión:

  • La actividad debe estar registrada y gestionada bajo los regímenes fiscales forales.
  • En caso de operar fuera de estos territorios, podría ser necesario adoptar VERI*FACTU para las transacciones en el resto de España.

Beneficios:

  • Mantiene la autonomía fiscal de estos territorios.
  • Permite que los negocios locales sigan utilizando sus propios sistemas de facturación sin interferencias.

4. Sectores con Regímenes Especiales

Algunas actividades económicas cuentan con regímenes especiales de facturación que pueden eximirlas de la obligatoriedad de VERI*FACTU. Entre ellas se incluyen:

  • Empresas con métodos de estimación objetiva (módulos).
  • Sectores con facturación simplificada, como el comercio minorista.
  • Servicios financieros y aseguradoras, que siguen procedimientos de facturación regulados de manera independiente.

Razón de la Exclusión:

  • La fiscalización de estos sectores ya está cubierta por normativas específicas.
  • Se busca evitar una carga administrativa adicional para estos contribuyentes.

Implicaciones de las Exclusiones en la Facturación

Aunque estas exclusiones permiten a ciertos contribuyentes no adoptar VERI*FACTU, es importante considerar las siguientes implicaciones:

  • Limitaciones en la Modernización: Empresas que permanecen fuera del sistema podrían enfrentar dificultades futuras en la digitalización de sus procesos.
  • Mayor Supervisión en el Futuro: La Agencia Tributaria podría endurecer los controles sobre aquellos sectores exentos para evitar posibles evasiones fiscales.
  • Adaptación Voluntaria: Algunas empresas podrían optar por implementar VERI*FACTU de manera voluntaria para mejorar su gestión financiera y facilitar auditorías fiscales.

Conclusión

Las exclusiones en la obligatoriedad del sistema VERI*FACTU permiten a ciertos contribuyentes mantener sus prácticas de facturación tradicionales sin necesidad de realizar cambios drásticos. Sin embargo, es fundamental que las empresas y profesionales afectados analicen su situación particular y consideren si la adopción voluntaria de este sistema podría representar una ventaja en términos de eficiencia y transparencia fiscal.

Con la evolución de la normativa y la digitalización creciente de la economía, es posible que en el futuro las excepciones se reduzcan, incentivando a un mayor número de empresas a adoptar sistemas de facturación electrónica avanzados.

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Paco Pacheco

Fundador y CEO en SALITEL, Gestor de Cuentas en Microdata, Director Consultor y de Área en BNI y Padre de 6 hijos. Desde hace más de 30 años está dedicado al mundo de las Tecnologías de la Información, al Empresarial y al Educativo.
Apasionado por el Software, en especial para las Asesorías y Despachos Profesionales.
Visita su blog personal: www.PacoPacheco.com

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